martes, 26 de agosto de 2014

26 de agosto : Día Nacional de la Persona Adulta Mayor

En 1981, la Asamblea General de las Naciones Unidas invitó a los estados miembros a considerar la designación de un día de la persona adulta mayor, para dedicarlo a la realización de actividades en favor de esta población vulnerable. Esta invitación también fue incluida en el Plan de Acción Internacional de Viena sobre el Envejecimiento (1982). Ese mismo año, el Perú declaró oficialmente el 26 de agosto como el Día de la Persona Adulta Mayor.
La conmemoración de este día nos invita a realizar un examen de las políticas, planes y acciones que se vienen desarrollando en los tres niveles de gobierno, para garantizar la efectiva protección de sus derechos, la prestación de servicios públicos de calidad y la implementación de espacios que posibiliten su participación social. Así también, nos permite revalorizar la imagen de la persona mayor en nuestra sociedad, reconociendo el rol que le corresponde ejercer como ciudadano o ciudadana con opinión, voz y poder de decisión.
En el plano normativo, existen diversos documentos internacionales referidos a los derechos de las personas mayores, entre ellos, el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre Envejecimiento (2002), la Declaración de Brasilia (2007) y la Carta de San José sobre los derechos de las personas mayores (2012).


A nivel nacional, contamos con la Ley N° 28803 – Ley de las Personas Adultas Mayores y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2006 MIMDES.
Por otra parte, en el año 2011, se aprobó la política nacional en relación a las personas adultas mayores, la cual define los objetivos prioritarios, lineamientos y contenidos principales de las políticas públicas a ejecutarse en todo el país.
Es importante tener presente que dicha política nacional dio origen al actual Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013 – 2017, cuyos cuatro lineamientos se centran en: envejecimiento saludable, empleo, previsión y seguridad social; participación e Integración social; y  educación, conciencia y cultura sobre el envejecimiento y la vejez.
Este breve recuento permite advertir que, actualmente, el Perú cuenta con instrumentos normativos de base en favor de las personas mayores. Por ello, la siguiente tarea es otorgarles plena efectividad. En este marco, es necesario que, en los tres niveles de gobierno, se efectúe una evaluación de las acciones que se vienen realizando a favor de este grupo poblacional, a fin de fortalecer aquellas medidas que permitirán la plena protección de sus derechos.

puma.defensoria.gob.pe
Liz Margaret Vela Barrientos

Adjuntía para la Administración Estatal